Un juzgado de Barcelona ha condenado a tres años y medio de prisión al directivo de una empresa por comunicar a sus superiores la condición de homosexuales de dos empleados, cuya orientación sexual descubrió tras acceder a sus correos electrónicos. En su sentencia, que no es firme, el juzgado de lo penal número 23 de Barcelona condena por un delito de revelación de secretos a un directivo de la empresa Gartner K.G., pero lo absuelve del delito de injurias de que estaba acusado por calificar de «enfermos» a los empleados cuyo correo espió.
La causa que ha juzgado el penal 23 de Barcelona es la primera que se abrió en España contra una empresa por injurias homófobas a sus empleados, aunque finalmente la sentencia no ha condenado por ese delito, al entender que no puede inferirse sin lugar a dudas que con la expresión «enfermos» el acusado tuviera la intención de «insultar o menospreciar» a los trabajadores gays. Según cree probado la sentencia, el acusado, Cristian P., que era el responsable de la oficina de representación de Barcelona de la empresa Gartner J.G., leyó en agosto de 2008 mensajes privados que se habían intercambiado dos empleados, en los que aludían a la orientación homosexual de ambos.
Con el propósito de revelar ese dato, el procesado envió unos días después un correo electrónico al jefe del departamento de ventas de la empresa en Austria en los que revelaba la orientación sexual de los empleados y aseguraba que los mensajes espiados tenían «increíble contenido guarro».»(…) Lamentablemente, he descubierto que (los empleados) son homosexuales, y los dos se caen muy bien (…)», escribió el procesado en uno de los correos a su superior, de lo que el juez deduce que la orientación sexual de sus dos trabajadores «no era de su agrado».
El juez razona que, aunque sea cierta la versión del acusado de que accedió a los mensajes al abrir por motivos de trabajo el ordenador de uno de los empleados, «sigue si justificarse por qué entró en su correo electrónico, leyó los e-mails y comunicó el contenido de los mismos».»Si los correos eran de ‘increíble contenido guarro’ no tiene sentido que los leyera, resultaba claro por tanto que nada tenían que ver con la empresa, que no estaba amparado en ninguna necesidad empresarial para poder leer los e-mails, de contenido sexual, como parece que eran», añade la sentencia. Para el juez, tampoco tiene justificación que el acusado comunicara a su superior el contenido de los correos, porque «no se trata de un problema empresarial que tenga que debatir con su jefe. La orientación sexual no puede ser considerada una traba para el trabajo de forma que haya que comunicarlo al superior jerárquico»/EFE
Periodista y Graduado en Derecho. Experto en televisión, música y cine. Ha escrito en los principales medios de España y publica en Internet desde 2007.