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Kiko Hernández de ‘Sálvame’ condenado en firme a 6 meses de prisión

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Kiko Hernández, colaborador de Sálvame, ha sido condenado en firme a seis meses de prisión por un delito de apropiación indebida que cometió al quedarse con 14.000 euros de un cliente que acudió a su empresa inmobiliaria, la cual cerró.

El colaborador fue juzgado por el Juzgado de lo Penal número 26 de Madrid, que declaró probado que, como socio único y administrador de Popular House S.L., empresa dedicada a la intermediación inmobiliaria, recibió de un cliente la cifra inicial de 2.000 euros como reserva para la compraventa de una vivienda, el 11 de abril de 2008. Diez días después el cliente entregó 12.000 euros más, pactándose la firma de la escritura pública el 28 de junio. Kiko Hernández cerró la empresa en julio y nunca devolvió el dinero al cliente.

El Juzgado condenó a Kiko Hernández a 10 meses de prisión y a reintegrar los 14.000 euros a su víctima. La sentencia no dio credibilidad alguna a las alegaciones exculpatorias del colaborador de Sálvame, que aseguró en el juicio que «no sabía», si había recibido los 12.000 euros del cliente y dijo que su intención siempre fue la de reintegrar la cantidad adelantada, que la empresa había ido mal por la crisis y que el cliente no había querido negociar o llegar a un acuerdo para el pago.

El cliente negó que se le hubiera ofrecido un acuerdo y aseguró que desde junio de 2008 jamás había recibido una comunicación de Popular House. La jueza indicó que, aunque pudiera ser cierto que la empresa de Kiko Hernández atravesó dificultades económicas, «ello no excluiría su responsabilidad» porque «sus alegaciones no dan explicación suficiente de su conducta al tiempo de los hechos y en el sucesivo, de varios años, hasta la fecha de esta resolución, período durante el cual no se halla ni el menor indicio de un esfuerzo por restituir al propietario, por compensarle o, ni siquiera, por facilitarle una explicación racionalmente atendible de lo ocurrido, sin devolver entretanto el dinero entregado a cuenta por el cliente»

Y añadía que, aunque fuera cierto que la víctima quería a toda costa ir a juicio en vez de pactar («lo que no se ha acreditado», matiza) «en ello no habría nada que reprochar al querellante y nada a lo que atender a favor del acusado, habida cuenta, como se ha repetido, de que no se ha procedido a la devolución en todo ni en parte del dinero» durante todos los años transcurridos.

La sentencia el Juzgado de lo Penal acaba de ser confirmada por la Audiencia Provincial de Madrid en cuanto a la comisión del delito por parte del colaborador del Sálvame y a los argumentos de la jueza. La Audiencia sí ha rebajado en cuatro meses la condena de prisión impuesta a Kiko Hernández, que queda fijada en seis meses de cárcel, por los períodos en que el procedimiento estuvo paralizado.

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