ALERTA: Los MacBooks «gratuitos» del Kit Digital podrían obligar a miles de pymes a devolver íntegramente las ayudas
Una investigación revela prácticas irregulares en la aplicación de fondos europeos que podrían tener graves consecuencias económicas para los beneficiarios que buscan gratis un Mac con el Kit Digital
Una investigación sobre la implementación del programa Kit Digital ha revelado una práctica cada vez más extendida que podría tener graves consecuencias para miles de pequeñas empresas y autónomos: la oferta de ordenadores MacBook aparentemente gratuitos como incentivo para contratar servicios digitales sobrevalorados, contraviniendo expresamente la normativa establecida en el Boletín Oficial del Estado.
Un esquema que incumple la normativa
Según hemos podido constatar tras revisar exhaustivamente la Orden ETD/1498/2021 que regula estas ayudas, numerosos agentes digitalizadores están ofreciendo diseñas webs de baja calidad por importes artificialmente inflados de hasta 3.000 euros, entregando como «regalo» u «obsequio comercial» un MacBook valorado en unos 1.500 euros.
Esta práctica vulnera directamente el artículo 37 de la citada orden, que en su apartado g) establece como obligación de los agentes digitalizadores «no ofrecer a los beneficiarios servicios o soluciones condicionados a la obtención del bono digital o que supongan un coste adicional para éstos, o cualquier otro servicio o solución que pudiera alterar la concurrencia en el mercado.»
El reintegro: una amenaza real para los beneficiarios
Lo más preocupante para las empresas y autónomos que hayan aceptado estas ofertas es que, según el artículo 34 de la misma orden, «el beneficiario es el responsable último del uso del «bono digital»», lo que significa que ante irregularidades detectadas, será quien deba hacer frente al reintegro total de las ayudas: o sea, devolver los 3.000 euros de su bolsillo, más intereses.
Específicamente, el artículo 36 establece el procedimiento de reintegro, indicando que «procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención» en los casos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, entre los que se incluye «el incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a los beneficiarios».
Las auditorías previstas para 2025 y 2026 sobre la aplicación de los fondos Next Generation EU previsiblemente detectarán estos casos, obligando a los beneficiarios a devolver la totalidad de la ayuda más los intereses de demora correspondientes.
La alternativa legal que evita problemas
El programa Kit Digital sí contempla ayudas para la categoría «Puesto de trabajo seguro» que incluye hardware, pero con condiciones muy específicas según la normativa:
- La subvención máxima es de 1.000 euros para hardware según establece el Anexo IV de la Orden.
- Si el ordenador tiene un coste superior, el beneficiario debe abonar directamente la diferencia.
- El artículo 33 prohíbe expresamente «la aplicación de los fondos a fines diferentes de aquellos para los que la subvención fue concedida».
Nuestra investigación ha confirmado que existen alternativas legítimas, como el HP EliteBook 665 G11 de 16″ con procesador AMD Ryzen™ 7 7735U, 16 GB de memoria DDR5 y Windows 11 Pro, que ofrece prestaciones iguales o superiores a algunos Mac y cumple perfectamente con los requisitos técnicos establecidos en el Anexo IV de la Orden. La única opción de adquirir un Mac con el Kit Digital es pagando la diferencia del coste del MacBook, o sea, como mínimo 500 euros + IVA.
Consecuencias para todos los implicados
La normativa establece una doble responsabilidad en caso de fraude: Para el beneficiario, el artículo 36 de la Orden establece el procedimiento de reintegro de las cantidades percibidas más intereses. Para el agente digitalizador, el artículo 38 contempla la «pérdida de condición de agente digitalizador adherido» y la posibilidad de exigirle responsabilidades.
Sin embargo, esto no exime al beneficiario de su responsabilidad principal, como establece textualmente el artículo 34: «El beneficiario es el responsable último del uso del «bono digital»».
Recomendaciones para los beneficiarios
Si ya has contratado servicios bajo estas condiciones irregulares, lo más prudente sería contactar con el organismo gestor de las ayudas para regularizar la situación antes de que se inicien las auditorías.
El procedimiento correcto es trabajar con agentes digitalizadores que ofrezcan soluciones ajustadas a la normativa, sin sobreprecios artificiosos y con transparencia en los costes. Solo así se garantiza que no se tendrá que devolver la ayuda en el futuro.

Daniel Martín es un periodista apasionado por la música, la televisión y la cultura pop. Con una amplia experiencia en el sector, ha escrito para diversos medios de comunicación, tanto online como impresos.
