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Ana Rosa Quintana, citada ante el juez

Malas noticias para Ana Rosa Quintana esta semana. El abogado David Jiménez ha anunciado que la demanda que interpusieron contra Ana Rosa ha sido admitida a trámite en el Juzgado de 1ª Instancia número 40 de la ciudad de Madrid.

La demanda la han puesto desde la plataforma Gitanos de España por unos comentarios que realizó la presentadora en un programa allá por el mes de mayo. En su programa, la popular periodista emitió una serie de comentarios que la familia considera “hirientes” hacia la víctima y hacia el colectivo gitano. Una vez admitida a trámite la demanda, la viuda de la víctima espera llegar a un acuerdo el 14 del próximo mes con la periodista en el acto de conciliación.

El próximo 14 de enero, a las 10.00 de la mañana, la viuda de la víctima y Ana Rosa Quintana se verán las caras para llegar a un acuerdo de conciliación.

El programa de Ana narraba el pasado mes de mayo cómo había sido la pérdida de un varón en su finca de Rociana con un arma de fuego. Al parecer el presunto autor habría abierto fuego pensando que estaba siendo víctima de un robo en su finca. Tras el terrible incidente, el asunto se convirtió en el centro de la polémica, no solo por el fallecimiento del hombre en Rociana, sino por el tratamiento informativo del suceso en los medios de comunicación.

Según comentó en su momento una representante de Adelante Andalucía: «En esas declaraciones, Quintana “entra a valorar que el fallecido era gitano y estaba robando habas en la finca del autor del disparo y que éste podía utilizar la legítima defensa, haciendo apología de odio y racismo hacia la comunidad gitana”«

Ana Rosa reaccionó y días después intentó pedir disculpas: “Pedimos disculpas si se ha sentido molesta esta familia o la comunidad gitana. Nuestra información no es herir a nadie y menos a una persona que ha sido asesinada. Desde aquí, si se ha malinterpretado o sino se ha entendido bien, lo sentimos de verdad

Pero para la plataforma Gitanos de España no fue suficiente: «Las disculpas de Ana Rosa Quintana, ni son disculpas, ni nos parecen suficientes. En el programa AR de hoy, 11 de mayo la presentadora se ha visto obligada a pedir disculpas por la presión que hemos ejercido el Pueblo Gitano.Tanto por el grave daño ocasionado a la familia, como por el perjuicio ocasionado a todo el Pueblo Gitano, por las declaraciones vertidas el pasado día 6 en el mismo programa.Sin embargo, no son unas disculpas de corazón, no son sinceras. Se percibe perfectamente por el tono que utiliza y por decir “que no se le entendió” en el anterior programa.Si se le entendió, se le entendió perfectamente. Se compadecieron más por el presunto asesino que por el fallecido.Unas disculpas que son “lágrimas de cocodrilo” y porque le han obligado a pedirlas gracias a todos los gitanos que hemos alzado la voz.No estamos satisfechos.Seguimos…»

El Artículo 510 del Código Penal establece penas de prisión de uno a cuatro años

El Artículo 510 del Código Penal establece penas de prisión de uno a cuatro años para quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.

Así mismo establece penas de prisión de seis meses a dos años para quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior, o de una parte de los mismos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a ellos por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, o produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para lesionar la dignidad de las personas por representar una grave humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos mencionados, de una parte de ellos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a los mismos.

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